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Juzgado declaró improcedente acción de tutela en contra de la Asamblea del Magdalena
El Juzgado Tercero Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Santa Marta ha declarado improcedente la acción de tutela interpuesta contra la Gobernación y la Asamblea del Magdalena en relación con la elección del Secretario General de la Asamblea.
La tutela fue admitida el 23 de diciembre, en la que Richard Rafael Barros Perea, Johanna Escobar García, Daniel Hernández Meneses y Alcibíades Valencia Cantillo solicitaron el amparo de sus derechos fundamentales. Alegaron que, durante el proceso de selección para el cargo de Secretario General, se habrían vulnerado sus derechos al debido proceso.
Según los accionantes, tanto la Gobernación como la Asamblea Departamental no garantizaron un proceso transparente y justo, incumpliendo normativas esenciales. En consecuencia, los demandantes solicitaron que la Gobernación convocara sesiones extraordinarias de la Asamblea Departamental para retomar la fase de entrevistas y continuar con el proceso de elección.
Sin embargo, en el fallo reciente, el Juzgado Tercero resolvió: “DECLARAR IMPROCEDENTE el amparo rogado, dentro de la Acción de Tutela promovida por RICHARD RAFAEL BARROS PEREA, JOHANNA ESCOBAR GARCÍA, DANIEL HERNÁNDEZ MENESES, ALCIBÍADES VALENCIA CANTILLO, en nombre propio, y en contra de la GOBERNACIÓN Y LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL DEL MAGDALENA, en atención a lo argumentado en la parte motiva”, puntualizó el Juzgado.
Asimismo, precisó que, si no se impugna el fallo dentro de los tres días siguientes a su notificación, el caso será remitido a la Corte Constitucional para su revisión eventual.